
El único motivo adecuado, para la impugnacion de sentencias absolutorias, interesando que se dicte una segunda sentencia condenatoria, es el de infracción de ley pura del número 1 del Artículo 849 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
El cauce del Artículo 849.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no es utilizable porque está vía impugnativa exige, que los documentos invocados, no resulten contradichos por otros elementos probatorios y esta valoración conjunta vulnera la prohibición de valoración en casación de pruebas personales en contra del reo.
Cuando la valoración probatoria resulte, arbitraria, el pronunciamiento absolutorio, podrá ser impugnado para intentar su anulación.

Pero solo a través de la invocación del derecho constitucional a la tutela judicial efectiva, porque la estimación de un motivo, por el Artículo 849.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no conduce a la devolución de la causa al Tribunal de Instancia, sino al dictado de segunda sentencia. Artículo 902 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Me gusta esto:
Me gusta Cargando...
Publicado por bufetejuridicosanchon
Bufete Jurídico Sanchon
Begona Martinez Sanchon
Letrada Especialista en Derecho Penal General y Especial y Penitenciario Europeo. Tribunal Constitucional materias Civil y Penal. Audiencia Nacional. Tribunal Supremo materias Civil y Penal. Tribunal del Jurado. Tribunal Europeo de derechos Humanos (TEDH). Derecho Civil General y Especial. Derecho de Familia Europeo. Violencia de Género. Jurisdicción de Menores. Derecho del Trabajo.
Letrada Especialista en Derecho Penal Económico.
Medalla de oro de Foro Europeo 2001 al prestigio profesional. 4 de Marzo de 2016.
Delitos de las Organizaciones y Corrupción en los Negocios. Experta en Responsabilidad Civil Corporativa, Ética Empresarial y Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
Letrada, Arbitro, Mediadora Civil Mercantil, Concursal, Penal, Penitenciario, Trafico, Mediadora en relación al Derecho de Familia, Laboral, Interventora y Administradora Judicial, Perito Judicial, Auditora Socio - Laboral. Perito en valoración y gestión de Empresas. Experta en técnicas de negociación y resolucion de conflictos.
Medalla de oro de Foro Europeo 2001 al prestigio profesional. 4 de Marzo de 2016.
Ver todas las entradas de bufetejuridicosanchon