Bufete Jurídico Sanchon
Begona Martínez Sanchon
Sedes en Madrid y Bilbao
CADENA DE CUSTODIA
Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de Marzo de 2017.
El problema de la cadena de custodia se proyecta sobre la garantía probatoria, ya que las formas que han de respetarse en las tareas de ocupación, conservación, manipulación, transporte y entrega, en el laboratorio de destino de la sustancia, objeto de examen, posee un carácter instrumental, y sirve para garantizar que la sustancia analizada es, la misma sin contaminación alguna.
La irregularidad en los protocolos establecidos como garantía de la cadena de custodia, no equivale a nulidad, habrá que sopesar, si esa irregularidad, es, capaz de despertar, dudas, sobre la autenticidad o indemnidad de la fuente de prueba.
El error de hecho se estimara, si se funda en una verdadera prueba documental.
Que se evidencie de algún elemento fáctico o material de la sentencia de instancia, sin precisar de la adición de cualquier otra prueba.
Que el dato que el documento acredite, no se encuentre en contradicción con otros elementos de prueba.
Que el dato contradictorio, tenga virtualidad para modificar, alguno de los pronunciamientos del fallo, ya que el recurso se da contra el fallo, y no contra los argumentos de hecho o de Derecho.
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