Bufete Jurídico Sanchon
Begona Martinez Sanchon
Sedes en Madrid y Bilbao
AP de Madrid. Seccion 22. Sentencia de 11 de Diciembre de 2018.
Ponente: Inma. Sra. Dona Carmen Neira Vazquez.
El padre no es para las menores una figura de apego. No se sienten queridas, respetadas ni cuidadas por su padre. Viven las visitas como una obligación que les causa malestar físico y psíquico. Las visitas no han servido para empezar a crear un vínculo, La relación que debería ser de cercanía y confianza no ha llegado a establecerse, generando en las menores, un rechazo hacia el padre. No se aprecian garantías suficientes que permitan, afirmar que las menores se beneficiarían de la relación con su progenitor, por lo que no se estima conveniente, el establecimiento de un régimen de visitas que alteraría, la estabilidad emocional de las menores.
El padre no ha asistido a ninguna tutoría ni a recoger las notas. Una de las niñas dice, que no quiere ir con el, habiendo recibido tratamiento de psicoterapia por sufrir trastorno adaptativo y problemas de sueño y posteriormente a la visita del padre presento terrores nocturnos, pesadillas y miedo a la oscuridad y a la soledad.
En el Informe Pericial se concluye, que no se considera aconsejable establecer, un régimen de visitas de las menores con su padre.
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